Las empresas españolas tienen en gran medida convenios firmados entre su Patronal y los representantes de sus Trabajadores.
En la mayoría de estos convenios se exige que por parte de la empresa y como mejora salarial se contrate una póliza de Seguro Colectivo para la totalidad de los trabajadores de la misma, siendo sus coberturas (sean de Vida o de Accidentes) en función de lo que indique el convenio firmado.
Mientras los trabajadores formen parte de la Empresa tendrán derecho a esta cobertura, causando baja en la misma en el momento cesen su contrato laboral.
Tambien Agrupaciones, Colegios, Excursiones, Directivos...pueden contratar seguros colectivos para garantizar riesgos que puedan surgir durante su actividad.