Las empresas españolas tienen en gran medida convenios firmados entre su Patronal y los representantes de sus Trabajadores.

En la mayoría de estos convenios se exige que por parte de la empresa y como mejora salarial se contrate una  póliza de  Seguro Colectivo para  la  totalidad de los trabajadores de la misma, siendo sus coberturas (sean de Vida o de Accidentes)  en función de lo que indique el convenio firmado.

Mientras  los  trabajadores  formen  parte  de la Empresa tendrán derecho a esta cobertura,  causando  baja  en la misma  en  el momento cesen su contrato laboral.

Tambien Agrupaciones, Colegios, Excursiones, Directivos...pueden contratar seguros colectivos para garantizar riesgos que puedan surgir  durante su actividad.